Los concejales Carlos Suarez y Jorge Henn (FPCyS) presentaron un proyecto de Ordenanza mediante el cual proponen crear un Registro Municipal de cuatriciclos, triciclos, bicimotos y vehículos similares, que no están contenidos en la normativa de tránsito.
"En la actualidad están circulando por las vías urbanas una serie de vehículos de dos, tres y cuatro ruedas que tienen la consideración de ciclomotores que obliga a la adopción de medidas que llenen el vacío legal que se crea, al menos en la Ordenanza Municipal de Tránsito" indicó el concejal Carlos Suarez.
También recordó que "los cuatriciclos no son registrados en el Registro Nacional del Automotor imposibilitando su individualización y control por las autoridades Municipales, entendemos que por la catalogación que tienen estos vehículos al ingresar al país, ya que la mayoría son importados".
El edil agregó que "si bien estos vehículos están contemplados e incorporados en el Reglamento General de Tránsito (artículo 37) como una subclasificación de Automotores, no son controlados por los inspectores, debido a que no tienen los papeles reglamentarios como si lo poseen las motos".
Por ello es que el objetivo de la iniciativa es poder incorporar los mencionados móviles al sistema de control del que hoy están exentos. De esta manera se dispone que el Registro funcione en el ámbito de la secretaría de Control de la Municipalidad y que sea la Dirección de Tránsito la encargada de observar el cumplimiento de la legislación una vez que resulte sancionada y puesta en vigencia.
Además se propone elaborar otro Registro Municipal de Vendedores de cuatriciclos, triciclos, bicimotos y vehículos similares para poder hacer el efectivo control sobre los mismos.
Documentación
Los titulares de los rodados mencionados, deberán presentar al momento de su inscripción en el Registro, título de propiedad o un documento similar que lo acredite, factura de compraventa y certificado de la Policía donde conste la verificación del vehículo. En caso de no ser cero kilómetro habrá que tener un constancia en la que se acredite que el mismo no tiene pedido de captura.
Si ocurriera que el poseedor del rodado no puede justificar su legítima posesión, deberá suscribir una declaración jurada, avalada por dos testigos.
Todo vehículo que se incorpore al Registro deberá ajustarse a las condiciones de seguridad que se indican en la Ordenanza N º10.017.
Credencial
Finalizada la inscripción, la autoridad de aplicación entregará a cada titular una credencial (única e intransferible) en la que se dejará constancia de los datos personales del titular (nombre, apellido, DNI, domicilio) y del vehículo (tipo, marca y modelo; número de motor, de chasis y número asignado en el registro).
También se entregará al poseedor una oblea o chapa identificatoria que acredite haber realizado el trámite de inscripción.
Tipo de carné
Los conductores de triciclos y cuatriciclos deberán exhibir carné de conducir Clase B. Para bicimotos será el equivalente al carné de motos.
Tasas
El monto de las tasas de actuación municipal que se abone por la inscripción y otorgamiento de la credencial, como así también el valor que tendrán las infracciones y su reiteración serán definidas por el Departamento Ejecutivo Municipal, previo acuerdo con el Concejo.
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